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Published byMaría del Carmen Silva Blázquez Modified over 8 years ago
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TEMA 1 LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978: PRINCIPIOS FUNDAMENTALES. DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES DE LOS ESPAÑOLES. LA PROTECCIÓN DE LA SALUD EN LA CONSTITUCIÓN.
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I. LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978: PRINCIPIOS FUNDAMENTALES Norma suprema del ordenamiento jurídico. Funciones: 1. Define los principios sobre los que se basa la comunidad de ciudadanos. 2. Institucionaliza y legitima al poder político, integrado por una jerarquía de poderes. 3. Regula el proceso de equilibrio del poder político con los diversos poderes sociales. Art. 9.1 de la CE señala que: “los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico” Supresión fáctica del régimen anterior: A) Reformismo continuista B) Ley para la Reforma Política Proceso constituyente (Agosto 77 a Diciembre 78) Etapa protagonizada por la Ponencia Etapa propiamente parlamentaria y pública
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I. LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978: PRINCIPIOS FUNDAMENTALES Estructura de la Constitución. -Título Preliminar (arts. 1-9). Regula los principios y directrices. - Título I: De los derechos y deberes fundamentales (arts. 10-55). * Capítulo lº: De los españoles y extranjeros (arts. 11-13). * Capítulo 2º: Derechos y libertades. Sección 1ª (arts. 15-29): Derechos fundamentales y libertades públicas. Sección 2ª (arts. 30-38): Derechos y deberes de los ciudadanos. * Capítulo 3º: De los principios rectores de la política social y económica (arts. 39-52). * Capítulo 4º: De las garantías de las libertades y derechos fundamentales (arts. 53 y 54). * Capítulo 5º: De la suspensión de los derechos y libertades (art. 55).
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I. LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978: PRINCIPIOS FUNDAMENTALES Estructura de la Constitución. - Título II: La Corona (arts. 56-65). - Título III: De las Cortes Generales (arts. 66-96). * Capítulo 1º: De las Cámaras (arts. 66-80). * Capítulo 2º: De la elaboración de las leyes (arts. 81-92). * Capítulo 3º: De los Tratados Internacionales (arts. 93-96). -Título IV: Del Gobierno y de la Administración (arts. 97-107). -Título V: De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Grales (arts. 108-116).
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I. LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978: PRINCIPIOS FUNDAMENTALES Estructura de la Constitución. -Título VI: Del Poder Judicial (arts. 117-127). -Título VII: Economía y Hacienda (arts. 128-136). -Título VIII: De la Organización Territorial del Estado (arts. 137-158). * Capítulo 1º: Principios Generales (arts. 137-139). * Capítulo 2º: De la Administración Local (arts. 140-142). Capítulo 3º: De las Comunidades Autónomas (arts. 143-158). -Título IX: Del Tribunal Constitucional (arts. 159-165). -Título X: De la Reforma Constitucional (arts. 166-169).
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I. LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978: PRINCIPIOS FUNDAMENTALES Estructura de la Constitución. - Las cuatro Disposiciones Adicionales.. Las nueve Disposiciones Transitorias. - La Disposición Derogatoria
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I. LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978: PRINCIPIOS FUNDAMENTALES Reforma Constitucional. 1. Revisión total o revisión parcial que afecte al Título Preliminar, a la Sección 1ª del Capítulo 2º del Título I (arts. 14-29, derechos fundamentales y libertades públicas) o al Título II (arts. 56-65, la Corona): requiere la aprobación por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras. 2. Reforma parcial de otras partes de la CE: requiere aprobación por mayoría de tres quintos de ambas Cámaras.
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I. LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978: PRINCIPIOS FUNDAMENTALES VALORES SUPERIORES: -Libertad: ejemplos: libertad religiosa (art. 16), libertad personal (art. 17), libertad de expresión (art. 20), etc… -Justicia: ejemplos: protección judicial de los derechos (art. 24), sistema tributario justo (art. 31.l), el poder judicial (Título VI), etc… -Igualdad: Aparte de la expresión “igualdad”, otras expresiones deben entenderse como sinónimos por su contenido: "ciudadanos" (art. 23), "todos" (art. 15), "españoles" (art. 14), "todas las personas" (art. 24). -Pluralismo político: ejemplos: partidos políticos (art. 6), pluralismo religioso e ideológico (art. 16), pluralismo social-sindicatos (art. 7), etc.
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I. LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978: PRINCIPIOS FUNDAMENTALES PRINCIPIOS SUPERIORES -La soberanía nacional reside en el pueblo español del que emanan los -poderes del Estado (art. l). -Forma de Estado: Estado Social y Democrático de Derecho (art. l). -Estado de las Autonomías: en el marco de la indisoluble unidad de la Nación española, se reconoce el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones, así como la solidaridad entre todas ellas (art. 2). -Forma de la Jefatura de Estado: monarquía constitucional democrática. -Tipo de sistema de gobierno: democrático parlamentario. -Principios del Estado de Derecho: división de poderes, principio de legalidad, jerarquía normativa, publicidad de las normas, seguridad jurídica, irretroactividad de las disposiciones, responsabilidad de los poderes públicos, participación ciudadana. -Símbolos del Estado y su capitalidad (arts. 3, 4 y 5). -Derechos y libertades fundamentales.
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II. LOS DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES DE LOS ESPAÑOLES A.ESTRUCTURA -Capítulo 1º: De los españoles y extranjeros (arts. 11-13). -Capítulo 2º: Derechos y libertades. Sección 1ª (arts. 15-29): Derechos fundamentales y libertades públicas. Sección 2ª (arts. 30-38): Derechos y deberes de los ciudadanos. -Capítulo 3º: De los principios rectores de la política social y econ (arts. 39-52). -Capítulo 4º: De las garantías de las libertades y derechos fund. (arts. 53 y 54). -Capítulo 5º: De la suspensión de los derechos y libertades (art. 55).
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I. LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978: PRINCIPIOS FUNDAMENTALES B. De los españoles y extranjeros. C. Derechos individuales. D.Derechos sociales y económicos. D.2. Grupo contenido en el Capitulo 3º del Titulo I (arts. 39-52): Principios rectores de la política social y económica. E. Deberes constitucionales. F. Libertades públicas. F.1. Derechos políticos. F.2. Libertades públicas de asociación, reunión y manifestación. F.3. Libertades laborales y sindicales. G. Principios Rectores de la Política Social y Económica.
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I. LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978: PRINCIPIOS FUNDAMENTALES H. Garantías y Restricciones de las Libertades y Derechos H.1. La Constitución como garantía. H.2. El principio de legalidad. H.3. Garantías jurisdiccionales. El "habeas corpus" H.4. Restricciones (La suspensión de las garantías). La CE prevé tres estados excepcionales: (art. 116) -El estado de alarma está previsto para situaciones de catástrofes naturales y tecnológicas y no suponen la suspensión de la situación constitucional. -El estado de excepción está previsto para situaciones de trastornos graves del orden público, a los que no puede enfrentarse el Estado por medios normales. -El estado de sitio sólo cabe cuando hay amenaza o efectiva insurrección contra la independencia de España, su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
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IV. LA PROTECCIÓN DE LA SALUD EN LA CONSTITUCIÓN ART. 43. CE. Se reconoce el derecho a la protección de la salud. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto. Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo, facilitarán la adecuada utilización del ocio. La regulación legal del derecho a la salud se efectúa en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
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IV. LA PROTECCIÓN DE LA SALUD EN LA CONSTITUCIÓN Los principios y criterios sustantivos de la Ley 14/1986, General de Sanidad: ■ financiación pública, universalidad y gratuidad de los servicios sanitarios. ■ derechos y deberes definidos para los ciudadanos y para los poderes públicos ■ descentralización política de la sanidad en las Comunidades Autónomas ■ prestación de una atención integral de la salud procurando altos niveles de calidad ■ integración de las diferentes estructuras y servicios públicos al servicio de la salud en el Sistema Nacional de Salud.
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IV. LA PROTECCIÓN DE LA SALUD EN LA CONSTITUCIÓN Competencias del Estado en materia de sanidad: ■ Bases y coordinación general de la sanidad. ■ Sanidad Exterior y las relaciones y acuerdos sanitarios internacionales. ■ Legislación sobre productos farmacéuticos. En relación con los Productos Farmacéuticos, las competencias del Estado son: ■ Legislación sobre productos farmacéuticos ■ Evaluación, autorización y registro de medicamentos de uso humano, medicamentos de uso veterinario y productos sanitarios. ■ Decisión sobre la financiación pública y fijación del precio de los medicamentos y productos sanitarios. ■ Garantizar el depósito de sustancias estupefacientes ■ Importación de medicación extranjera y urgente no autorizada en España ■ Mantener un depósito estatal estratégico de medicamentos y productos sanitarios para emergencias y catástrofes ■ Adquisición y distribución de medicamentos y productos sanitarios para programas de cooperación internacional
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